Protocolo de Acoso Escolar: Segunda Fase

Tras ver la primera fase que se desarrolla cuando nos llega una notificación de posible caso de acoso escolar, hoy vemos la segunda fase, cuando en la primera hemos confirmado que sí es un caso de acoso escolar. Veamos los 11 pasos de esta fase.

Infografía en HD: Segunda fase Protocolo de Acoso Escolar.

Fase 2 – ACTUACIONES SI SE CONFIRMA QUE EXISTE UNA SITUACIÓN DE ACOSO.

1 – Adopción de medidas de protección y comunicación. – Se ratifican y completan las medidas tomadas en la fase 1. Se pueden incorporar medidas nuevas tanto con el alumnado que agrede, como con las víctimas y el grupo de espectadores/as.

En esta fase también se implementa la aplicación «Socioescuela».

Si la situación implica ciberacoso, se tomarán las medidas adecuadas para enseñar el uso adecuado de los medios digitales en el ámbito escolar.

Si implica violencia de género, se reforzará la coordinación de los ámbitos educativo y social y se pondrá en conocimiento de la Fiscalía de menores.

2 – Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado implicado. – Se realizarán reuniones presenciales con las familias o responsables legales del alumnado implicado (víctima y agresor/a) y se pedirá su implicación y colaboración a lo largo de todo el proceso.

Si es necesario, también se informará a las familias de la víctima de la posibilidad de pedir asistencia jurídica contra las personas que le acosan.

De estas reuniones se debe dejar constancia por escrito.

3.– Comunicación a otros órganos del centro y otro profesorado. – Teniendo muy en cuanta la confidencialidad, el director o directora del centro debe informar a la Comisión de convivencia y al profesorado que considere oportuno de la situación de acoso.

4 – Recogida de información: documentación del caso e informe. – La Comisión específica de acoso escolar, formada en la fase 1, comenzará a reunir información mediante entrevista al alumnado implicado, sus familias, profesorado del alumnado implica y otras personas que, por su relación con las personas implicadas, puedan aportar información relevante.

En estas entrevistas participarán, al menos, el/la coordinador/a de la comisión específica de acoso escolar y uno/a de sus miembros.

De cada entrevista se levantará un acta.

Además de estas entrevistas, se llevarán a cabo otras actuaciones para documentar el caso, como recopilar toda la documentación existente sobre el alumnado implicado, la observación de indicadores de posible acoso en diferentes espacios y actividades del centro, etc.

Con toda la información que se recopile se realiza un informe que servirá para tomar las decisiones oportunas respecto a la intervención y será la base del plan de actuación que incluirá diferentes medidas dirigidas a todo el alumnado implicado.

El Director/a del centro es la persona que debe informar a la comisión de convivencia del centro del contenido del informe levantando el acta correspondiente.

5 – Comunicación a la Inspección educativa. – Inspección Educativa será informada puntualmente por parte del/la director/a del centro mediante informes y la previsión de actuaciones que corresponda.

6 – Coordinación y seguimiento con otras instituciones y organismos. – En los casos de ciberacoso y violencia de género, se realizarán actuaciones coordinadas con otras instituciones y organismos. Para ello se realizarán las reuniones oportunas de seguimiento, teniendo como finalidad el intercambio de información y de previsiones de actuación. De estas se debe levantar un acta.

7 – Plan de actuación: Medidas y actuaciones a definir. – La «Comisión Específica de acoso escolar», elaborará un plan de actuación que incluya todas las medidas de aplicación individual al alumnado implicado y de carácter colectivo para el aula y el centro. Para ello se considerarán medidas como:

A) Alumno/a acosado/a. – Medidas de protección directas o indirectas; tutorías y programas de entrenamiento de habilidades sociales personalizado y realización de tareas conjuntas en el aula, implicando para ello a sus compañeros/as.

B) Alumnado agresor – Aplicación de las medidas correctoras que sean precisas, para ello se iniciará un proceso reeducativo de carácter integral, que tenga como objetivo principal crear y/o reforzar el respecto a compañeros/as, proporcionar elementos de reflexión y competencia persona qye faciliten la integración en el grupo-clase; prácticas restaurativas para reeducar al alumnado acosador para que aprenda a reconocer su responsabilidad, reparar el daño realizado a la víctima, etc.

Se tendrá en cuenta la implicación de la familia o responsables legales.

Si existe conducta violenta continuada, debemos tener en cuenta posibles circunstancias familiares vinculadas a ello. En caso de existir, se comunicará la situación a los organismos que proceda.

C) Con el grupo de compañeros/as – se informará de «tolerancia cero» ante cualquier tipo de agresiones y situaciones de acoso escolar; se pedirá la colaboración e implicación de todo el alumnado en la lucha contra el acoso y se reforará el buen trato entre iguales.

Se debe tener en cuenta la importancia de la sensibilización y prevención de estos problemas, por ello es importante formar en estos temas desde edades tempranas.

Además, se tendrá en cuenta la intervención del alumnado ayudante o de otras formas de ayuda entre iguales como estrategias de actuación.

D) Con las familias del alumnado implicado – se informarán de las actuaciones que se estén realizando y se recibirá el asesoramiento y la orientación necesaria, incluyendo posibles apoyos externos.

E) Profesorado y toda la comunidad educativa – Se realizará una revisión de la convivencia en el centro y se diseñarán actuaciones para la sensibilización y prevención dirigidas a toda la comunidad educativa. Además, se valorará la posibilidad de implementar diferentes actuaciones dirigidas a mejorar los mecanismos de denuncia de posibles situaciones de acoso, formación del profesorado y el alumnado y promoción de los buenos tratos entre iguales.

8 – Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado implicado. – Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas propuestas para el centro de carácter organizativo y preventivo, especificando el calendario de aplicación y los mecanismos de seguimiento de las mismas.

9 – Información al Consejo Escolar del centro. – El Consejo Escolar del centro será informado de las medidas y actuaciones que se lleven a cabo en relación con el caso, así como de la evolución del mismo.

10 – Comunicación y seguimiento del caso por parte de la inspección educativa. – La Inspección educativa realizará un seguimiento del desarrollo de las diferentes fases del protocolo llevadas a cabo y de la documentación del mismo, con la finalidad de garantizar el correcto desarrollo del proceso educativo y los derechos y deberes del alumnado implicado.

11 – Finalización de actuaciones. – Una vez desarrollado el Plan de actuación se dará por concluido el expediente con la elaboración por la «Comisión específica de acoso» de un informe final del que se dará traslado a la Comisión de convivencia del centro y a la Inspección educativa, actualizando, si fuera preciso, la información recogida en la aplicación CONV.

Mañana veremos la tercera y última fase.

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Directo en Youtube junto a Borja pavón: Videojuegos y Educación

Os informamos que el próximo Viernes 23 de octubre tendremos una nueva charla sobre «Videojuegos y Educación», esta vez junto al gran Borja Pavón.

Hablaremos con él sobre los estereotipos alrededor del mundo de los videojuegos y cómo pueden afectar a problemas de salud mental como la ansiedad.

Viernes 23 de Octubre.

17:30 (hora española)

Canal de youtube de REA: https://www.youtube.com/channel/UCYEFWGpVuKGSMcS_S38aTLw

Redes Sociales de Borja Pavón:

Protocolo Acoso Escolar: Primera Fase

Hoy vamos a ver la primera fase del protocolo de Acoso Escolar en Castilla y León.

Infografía en HD: Primera fase del protocolo de acoso escolar.

Dividimos esta primera fase de «Conocer, identificar y parar la situación» en dos partes:

1 – Conocimiento de la situación y comunicación inicial. – Cualquier persona de la comunidad educativa que conozca o sospeche de un caso de maltrato entre iguales, puede realizar la notificación. El equipo directivo del centro debe dejar constancia de esta comunicación en un documento.

También se puede notificar por parte de otras instancias. Sea cual sea la vía por la que llega, el protocolo debe ponerse en marcha.

Cuando aparecen problemas de ciberbullying o de violencia de género, el centro educativo trabajará coordinadamente junto a las instituciones externas que corresponda (Servicios sociales, policía, etc)

El centro debe incluir de manera inmediata la posible situación de acoso en la aplicación CONV.

2 – Actuaciones inmediatas al conocimiento de la situación. – cuando se recibe en el centro educación el aviso de sospecha o conocimiento de un caso de maltrato entre iguales, una persona que forme parte del equipo directivo debe adoptar las siguientes medidas con carácter urgente:

A – Poner medidas para proteger a las víctimas.

B – Puesta en marcha de medidas dirigidas al alumnado agresor, para indentificar y controlar inmediatamente a la parte agresora. Aplicaremos las medidas dispuestas en el RRI.

Si existen situaciones de especial gravedad y/o riesgo para la víctima, especialmente en el exterior del centro educativo, se avisará a los organismos que pueda garantizar su protección y seguridad.

El director o la directora del centro deben convocar una reunión para realizar una primera valoración de la situación y las medidas que se han adoptado. Esta reunión debe realizar en un plazo máximo de 24 horas, y a ella deben acudir el tutor/a del alumnado, el orientador/a del centro, coordinador/a de convivencia y profesorado que pueda estar relacionado con la situación

Para el análisis y valoración de la situación, se deben tener en cuenta aspectos en la relación entre víctima-agresor/a como la intencionalidad, la repetición y el tiempo de los hechos, si existe o no desequilibrio de poder entre las partes y si existen sentimientos de indefensión y personalización por parte de la víctima.

Si la situación de acoso se confirma, se crea en la reunión la «Comisión específica de acoso escolar», formada por el/la director/a del centro, orientador/a, coordinador/ de convivencia, y un/a profesor/a relacionado con el alumnado afectado.

Esta comisión es la encargada de desarrollar y realizar el seguimiento de las siguientes fases del protocolo.

De esta reunión se levanta un acta que debe incluir toda la información recogida y las conclusiones derivadas de ello, así como las actuaciones que se han acordado y la constitución de la Comisión.

Será el director o directora quién traslade de forma inmediata el acta y toda la información que considere de relevancia a la Inspección Educativa.

Si se confirma la existencia de acoso escolar, se continua con la segunda fase del protocolo y se actualiza la aplicación de convivencia escolar CONV.

Si no se confirma, pasamos a lo establecido en la tercera fase.

Si tenéis alguna duda no dudéis en preguntarnos.

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Fases del Protocolo de Acoso Escolar

Una vez que sabemos quiénes aplicarán el protocolo de Acoso Escolar y cuándo, toca ver las fases del protocolo.

Dividimos el protocolo de Acoso Escolar en 3 fases:

1 – Conocer, Identificar y parar la situación – Cuando se recibe el aviso de sospecha o conocimiento de un caso de acoso escolar, el centro tiene 48 horas para poner en marcha el protocolo y hacer un primer documento sobre el aviso que hemos recibido.

2 – Actuaciones si se confirma el acoso – En esta fase,una vez que confirmamos que existe acoso escolar, recogemos toda la información posible de parte de todas las personas implicadas y aplicamos las medidas que consideremos oportunas en el centro. Las familias deben estar informadas de estas medidas.

3 – Actuaciones si NO se confirma el acoso – Si se confirma que la situación detectada no es acoso escolar, podemos trabajar la resolución pacífica de conflictos y la prevención del maltrato entre iguales.

En los próximos días veremos más profundamente cada una de las fases.

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El Protocolo de Acoso Escolar en Castilla y León

El protocolo de Acoso debe estar presente en todos los centros educativos, ser conocido por profesorado, alumnado y familias.

Infografía en HD: Protocolo de acoso escolar en Castilla y León.

Aclarar que se debe tener un protocolo, pero es VITAL trabajar en la prevención del maltrato entre iguales. Es por ello que REA trabaja sensibilización y prevención, porque tener a una comunidad educativa sensibilizada ante el acoso escolar, es tener mayores probabilidades de solución si aparece un caso.

Os recordamos que el Acoso Escolar NO es cosa de niños/as, NO es un juego y SÍ tiene importancia desde el minuto uno.

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Acoso Escolar Vol. VI – Desglose del Protocolo de Acoso Escolar

Esta semana conoceremos más profundamente el protocolo de acoso escolar en los centros educativos.

Programación Semanal:

Podéis consultar las entregas anteriores:

  1. Vol. I – Qué es el Acoso Escolar, tipologías y consejos para profesionales y familias.
  2. Vol. II – Recursos para profesionales.
  3. Vol.III – Las víctimas de Acoso Escolar.
  4. Vol. IV – El grupo de espectadores/as.
  5. Vol. V – Acosadores/as.
  6. Vol.VI – Desglose del Protocolo de Acoso Escolar.

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Diferencia entre Abuso Sexual Infantil y Explotación Sexual de la Infancia y la Adolescencia

Terminamos la semana hablando sobre las diferencias entre Abuso Sexual Infantil (A.S.I) y Explotación Sexual de la Infancia y la Adolescencia (E.S.I.A) porque algunas personas confunden términos y, aunque tienen el común el abuso de menores de edad, tienen diferencias que conviene aclarar.

Infografía en HD: Diferencia entre A.S.I y E.S.I.A.

En la E.S.I.A el abuso sexual de menores de edad por parte de personas adultas se realiza a cambio de una remuneración en efectivo o en especie para la persona menor de edad o una tercera persona o personas. De modo que se ve al/la menor de edad como una mera mercancía con la que obtener un beneficio.

En ambos casos se ve al/la menor de edad como un mero objeto sexual y son formas de violencia sexual. Pero en el caso del A.S.I la persona que realiza el abuso suele ser conocida, mientras en el E.S.I.A la persona suele ser desconocida y paga para realizar el abuso.

Más de 200 millones de niños, niñas y adolescentes han experimentado relaciones sexuales forzadas u otra forma de violencia sexual.

En España, el número de menores de edad víctimas de violencia sexual se ha incrementado en un 25%.

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Recordatorio: Indicadores del Abuso Sexual Infantil

Hoy nos centraremos en recordar los indicadores del Abuso Sexual Infantil.

Es importante recordar en este punto que un solo indicador no conlleva una situación de maltrato, pero sí debemos estar atentos/as si observamos uno para comprobar y asegurar y que no existe dicha situación.

Además, os recordamos nuevamente que todo/a ciudadano/a está OBLIGADO a notificar una sospecha de maltrato y/o abuso, y hablamos de sospecha y de la obligación de cualquier persona. Es la única forma de poder ayudar a menores que están viviendo situaciones muy penosas con la complicidad de aquellas personas que creen que pasa algo. En una situación lo peor que nos puede pasar es que nos equivoquemos, pero si no lo hacemos estáis salvando el bienestar de un niño o una niña que está viviendo un infierno.

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El Grooming

Tras haber recordado qué es el Maltrato Sexual Infantil y ver qué es el Sexting y sus peligros, hoy entramos en uno de los riesgos online que más debéis tener en cuenta como padres, madres o profesionales que trabajan con Infancia y Juventud, el grooming.

Infografía en HD: El Grooming.

Hablamos de Grooming cuando una persona establece una relación de confianza con una persona menor de edad en Internet. Esta relación de confianza, para la que el/la groomer pone en funcionamiento una serie de estrategias que derriben las pocas medidas de seguridad que ponen las y los menores de edad en la Red, puede llevar a crear contenido erótico/sexual o incluso un contacto sexual en persona. Las estrategias empleadas pretenden garantizar el afianzamiento de la relación para garantiza el contacto sexual y que no se cuente lo que está pasando a terceras personas (familiares, amistades, cuerpos de seguridad, etc).

Para estos contactos el/la groomer se crea perfiles falsos con imágenes robadas de otros perfiles y se crean cuentas que parecen reales. Hacen un seguimiento de las víctimas para comprobar sus gustos, comentarios, personas a las que siguen, etc. Es un proceso de seguimiento e investigación que dura un tiempo para el momento en que realizan el primer contacto. La relación online puede durar días, semanas o meses, depende del comportamiento y cómo responda el/la menor de edad.

Cuando las y los menores de edad se dan cuenta de lo que está pasando, en la mayor parte de los casos guardan silencio por vergüenza, miedo, sentimientos de culpabilidad y la creencia de que no hay delito porque ellos/as han aceptado la situación. Es por esto que es tan importante EDUCAR y SUPERVISAR en la responsabilidad y el uso adecuado de Internet en general y las Redes Sociales en particular.

La prohibición en el uso de las nuevas tecnologías no consigue que estos riesgos sean menores, todo lo contrario, porque las y los menores de edad se crean perfiles sin conocimiento de sus familias y sin tener la educación digital necesaria para acceder a estas. Necesitamos educar y mostrar los riesgos existentes en contar cosas de la vida privada, la sobreexposición en Internet, la información que dan las imágenes, lo que significa compartir una fotografía en Redes Sociales (no sabes quién se la guarda, para qué la pueden usar, dónde va a llegar, etc) y el peligro de personas que no conocemos en Internet, así como el desarrollo de confianza para que nos cuenten cualquier problema que puedan tener online.

Trabajar en la prevención es educar y supervisar en responsabilidad digital.

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Qué es el Sexting

Ayer vimos el recordatorio de qué es el Maltrato Infantil y sus tipologías.

Hoy os explicamos qué es el Sexting, una práctica realizada por personas adultas, pero también por menores de edad, lo que les pone en riesgo.

Infografía en HD: El Sexting.

El Sexting es el uso de aplicaciones de mensajería instantánea, redes sociales… en móviles o dispositivos digitales para compartir, difundir o producir contenidos de carácter erótico- sexual.

Para muchos/as menores de edad, el mostrarse en Internet está tan normalizado que no ven peligros en compartir material con este contenido. Comparten fotografías o vídeos en ropa interior, desnudos/as, con poses sensuales/sexuales o incluso masturbándose o manteniendo relaciones sexuales.

Este contenido resulta peligrosos en el momento que se comparte porque no sabes a quién va a llegar, dónde, con cuántas personas y las plataformas donde se puede colgar ese contenido.

Una fotografía que se comparte en pareja, a la hora de romper puede convertirse una forma de chantaje o de hacer daño a la otra persona.

Por ello es imprescindible educar en estos temas a nuestros hijos e hijas, hablarles de la privacidad, la intimidad y que cierto tipo de contenido jamás debe ser compartido por todos los riesgos que conlleva.

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