Tipos de Groomer y sus Características

Hemos visto qué es el grooming y cómo podemos ayudar a nuestros hijos e hijas para prevenirlo y actuar si este aparece. Hoy vamos a conocer a los tipos de Groomer.

Infografía en HD: Tipos de Groomer y sus Cacterísticas.

Os diferenciamos 4 tipos:

1 – Cyber-sex: Este tipo de groomer se caracteriza porque realiza actividades de masturbación sin necesidad de reunirse físicamente con la víctima. Para conseguirlo hablan en diferentes redes sociales o aplicaciones de mensajería instantánea durante meses, interesándose por el físico e introduciendo a la víctima en la masturbación. Para ello solicitan fotos sexuales de esos momentos y se exponen.

2 – Schedulers: En este caso las personas intentan organizar reuniones físicas sin tener actividades cibersexuales previas, buscan una conexión sexual rápida y, para conseguirlo, no se exponen ni duelen pedir fotos sexuales explícitas. Esperan un tiempo para solicitar un encuentro mediante interacciones cortas.

3 – Buyers: Las y los buyers utilizan a terceras personas con fin del tráfico y explotación sexual Infantil. No se exponen y sus interacciones son cortas, lo que buscan es negociar los términos del encuentro sexual, como el precio, el lugar o los actos sexuales que podrá realizar. Buscar conseguir fotos sexuales explícitas de las y los menores de edad por los que paga.

4 – Cyber-sex Schedulers: En este caso las y los depredadores sexuales virtuales buscan tener encuentros sexuales tanto virtuales como físicos, por ello intentan fomentar una relación online en la que hablan con la víctima durante meses. Solicitan material sexual explícito online.

Sean del tipo que sean, es por esto por lo que es tan importante hablar con nuestros hijos, hijas, alumnado o menores de edad a nuestro cargo sobre las personas desconocidas en Internet. Conseguir la confianza de un/a menor de edad mediante Internet es muy sencillo y las y los depredadores sexuales virtuales lo hacen. De ahí que debamos realizar una buena educación digital donde se hable sobre personas desconocidas en Internet, el envío y/o publicación de imágenes o datos personales online, etc.

Índice de entradas:

Si tenéis cualquier duda o queréis contarnos algún caso lo podéis hacer escribiéndonos en comentarios o mensajes privados de nuestras redes sociales o enviar un correo electrónico:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

 

El Grooming: ¿Qué podemos hacer para proteger del Grooming?

Tras haber recordado ayer qué es el Grooming, hoy vamos a ver qué podemos hacer para proteger a las y los menores de edad.

Infografía en HD: ¿Qué podemos hacer ante el grooming?

Las y los menores de edad deben ver a las personas adultas que les rodean como un referente, alguien a quién pedir ayuda y a quién no deben temer por ello. Para ello es MUY importante haber hecho un trabajo previo de educación digital y desarrollo de la confianza mutua.

Debemos conocer el mundo digital en el que las y los menores de edad se mueven diariamente, por eso es tan importante la educación digital que hemos nombrado antes. Sin ella existen más probabilidades de caer en peligros onlines y de no contar lo que está sucediendo. No sólo debemos conocer este mundo digital, sino ser figuras de acompañamiento tanto en su vida diaria como en la digital, que no nos vean como personas ajenas a todo esto. Es comprensible que actualizarse ante estos temas es difícil, pero es muy necesario, para ello podemos acudir a formaciones como las que hace nuestra asociación en torno a estos temas, de modo que sepamos cómo ayudar a nuestros hijos e hijas.

Junto a la educación digital, es importante conocer indicadores que nos hagan vislumbrar un posible problema que estén sufriendo online, ya sea por una situación de grooming, ciberbullying, sextorsión,…

Si nuestro hijo o nuestra hija acude pidiéndonos ayudar es MUY importante no culpabilizar de la situación, escuchar y hablar con él/ella dando las gracias por contarlo y hablando sobre cómo evitar situaciones de este tipo en el futuro.

Debemos intervenir siempre que sospechemos que algo no va bien o detectamos que está ocurriendo algo malo. Una vez que lo detectamos, debemos ponernos en marcha y acudir a las fuerzas de seguridad para denunciar los hechos en caso de ser un caso de grooming, NO borrar ninguna prueba ni alertar al/la groomer de que lo sabéis en casa. La Policía Nacional o la Guardía Civil os indicarán todo lo que necesitan para poder formalizar la denuncia, de ahí que sea tan importante no borrar pruebas.

Índice de entradas:

Si tenéis cualquier duda o queréis contarnos algún caso lo podéis hacer escribiéndonos en comentarios o mensajes privados de nuestras redes sociales o enviar un correo electrónico:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Recordatorio: Qué es el Grooming.

Comenzamos la semana recordando qué es el Grooming.

Infografía en HD: El Grooming.

Hablamos de Grooming cuando una persona establece una relación de confianza con una persona menor de edad en Internet. Esta relación de confianza, para la que el/la groomer pone en funcionamiento una serie de estrategias que derriben las pocas medidas de seguridad que ponen las y los menores de edad en la Red, puede llevar a crear contenido erótico/sexual o incluso un contacto sexual en persona. Las estrategias empleadas pretenden garantizar el afianzamiento de la relación para garantiza el contacto sexual y que no se cuente lo que está pasando a terceras personas (familiares, amistades, cuerpos de seguridad, etc).

Para estos contactos el/la groomer se crea perfiles falsos con imágenes robadas de otros perfiles y se crean cuentas que parecen reales. Hacen un seguimiento de las víctimas para comprobar sus gustos, comentarios, personas a las que siguen, etc. Es un proceso de seguimiento e investigación que dura un tiempo para el momento en que realizan el primer contacto. La relación online puede durar días, semanas o meses, depende del comportamiento y cómo responda el/la menor de edad.

Cuando las y los menores de edad se dan cuenta de lo que está pasando, en la mayor parte de los casos guardan silencio por vergüenza, miedo, sentimientos de culpabilidad y la creencia de que no hay delito porque ellos/as han aceptado la situación. Es por esto que es tan importante EDUCAR y SUPERVISAR en la responsabilidad y el uso adecuado de Internet en general y las Redes Sociales en particular.

La prohibición en el uso de las nuevas tecnologías no consigue que estos riesgos sean menores, todo lo contrario, porque las y los menores de edad se crean perfiles sin conocimiento de sus familias y sin tener la educación digital necesaria para acceder a estas. Necesitamos educar y mostrar los riesgos existentes en contar cosas de la vida privada, la sobreexposición en Internet, la información que dan las imágenes, lo que significa compartir una fotografía en Redes Sociales (no sabes quién se la guarda, para qué la pueden usar, dónde va a llegar, etc) y el peligro de personas que no conocemos en Internet, así como el desarrollo de confianza para que nos cuenten cualquier problema que puedan tener online.

Trabajar en la prevención es educar y supervisar en responsabilidad digital.

Índice de entradas:

Si tenéis cualquier duda o queréis contarnos algún caso lo podéis hacer escribiéndonos en comentarios o mensajes privados de nuestras redes sociales o enviar un correo electrónico:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Uso Responsable de Internet y Redes Sociales Vol. VI: El Grooming

Esta semana vamos a trabajar el sextro volumen sobre uso responsable de Internet y Redes Sociales, centrándonos en el Grooming.

Índice de entradas:

Otras semanas:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Diferencia entre Abuso Sexual Infantil y Explotación Sexual de la Infancia y la Adolescencia

Terminamos la semana hablando sobre las diferencias entre Abuso Sexual Infantil (A.S.I) y Explotación Sexual de la Infancia y la Adolescencia (E.S.I.A) porque algunas personas confunden términos y, aunque tienen el común el abuso de menores de edad, tienen diferencias que conviene aclarar.

Infografía en HD: Diferencia entre A.S.I y E.S.I.A.

En la E.S.I.A el abuso sexual de menores de edad por parte de personas adultas se realiza a cambio de una remuneración en efectivo o en especie para la persona menor de edad o una tercera persona o personas. De modo que se ve al/la menor de edad como una mera mercancía con la que obtener un beneficio.

En ambos casos se ve al/la menor de edad como un mero objeto sexual y son formas de violencia sexual. Pero en el caso del A.S.I la persona que realiza el abuso suele ser conocida, mientras en el E.S.I.A la persona suele ser desconocida y paga para realizar el abuso.

Más de 200 millones de niños, niñas y adolescentes han experimentado relaciones sexuales forzadas u otra forma de violencia sexual.

En España, el número de menores de edad víctimas de violencia sexual se ha incrementado en un 25%.

Índice de entradas:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Recordatorio: Indicadores del Abuso Sexual Infantil

Hoy nos centraremos en recordar los indicadores del Abuso Sexual Infantil.

Es importante recordar en este punto que un solo indicador no conlleva una situación de maltrato, pero sí debemos estar atentos/as si observamos uno para comprobar y asegurar y que no existe dicha situación.

Además, os recordamos nuevamente que todo/a ciudadano/a está OBLIGADO a notificar una sospecha de maltrato y/o abuso, y hablamos de sospecha y de la obligación de cualquier persona. Es la única forma de poder ayudar a menores que están viviendo situaciones muy penosas con la complicidad de aquellas personas que creen que pasa algo. En una situación lo peor que nos puede pasar es que nos equivoquemos, pero si no lo hacemos estáis salvando el bienestar de un niño o una niña que está viviendo un infierno.

Índice de entradas:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

El Grooming

Tras haber recordado qué es el Maltrato Sexual Infantil y ver qué es el Sexting y sus peligros, hoy entramos en uno de los riesgos online que más debéis tener en cuenta como padres, madres o profesionales que trabajan con Infancia y Juventud, el grooming.

Infografía en HD: El Grooming.

Hablamos de Grooming cuando una persona establece una relación de confianza con una persona menor de edad en Internet. Esta relación de confianza, para la que el/la groomer pone en funcionamiento una serie de estrategias que derriben las pocas medidas de seguridad que ponen las y los menores de edad en la Red, puede llevar a crear contenido erótico/sexual o incluso un contacto sexual en persona. Las estrategias empleadas pretenden garantizar el afianzamiento de la relación para garantiza el contacto sexual y que no se cuente lo que está pasando a terceras personas (familiares, amistades, cuerpos de seguridad, etc).

Para estos contactos el/la groomer se crea perfiles falsos con imágenes robadas de otros perfiles y se crean cuentas que parecen reales. Hacen un seguimiento de las víctimas para comprobar sus gustos, comentarios, personas a las que siguen, etc. Es un proceso de seguimiento e investigación que dura un tiempo para el momento en que realizan el primer contacto. La relación online puede durar días, semanas o meses, depende del comportamiento y cómo responda el/la menor de edad.

Cuando las y los menores de edad se dan cuenta de lo que está pasando, en la mayor parte de los casos guardan silencio por vergüenza, miedo, sentimientos de culpabilidad y la creencia de que no hay delito porque ellos/as han aceptado la situación. Es por esto que es tan importante EDUCAR y SUPERVISAR en la responsabilidad y el uso adecuado de Internet en general y las Redes Sociales en particular.

La prohibición en el uso de las nuevas tecnologías no consigue que estos riesgos sean menores, todo lo contrario, porque las y los menores de edad se crean perfiles sin conocimiento de sus familias y sin tener la educación digital necesaria para acceder a estas. Necesitamos educar y mostrar los riesgos existentes en contar cosas de la vida privada, la sobreexposición en Internet, la información que dan las imágenes, lo que significa compartir una fotografía en Redes Sociales (no sabes quién se la guarda, para qué la pueden usar, dónde va a llegar, etc) y el peligro de personas que no conocemos en Internet, así como el desarrollo de confianza para que nos cuenten cualquier problema que puedan tener online.

Trabajar en la prevención es educar y supervisar en responsabilidad digital.

Índice de entradas:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Qué es el Sexting

Ayer vimos el recordatorio de qué es el Maltrato Infantil y sus tipologías.

Hoy os explicamos qué es el Sexting, una práctica realizada por personas adultas, pero también por menores de edad, lo que les pone en riesgo.

Infografía en HD: El Sexting.

El Sexting es el uso de aplicaciones de mensajería instantánea, redes sociales… en móviles o dispositivos digitales para compartir, difundir o producir contenidos de carácter erótico- sexual.

Para muchos/as menores de edad, el mostrarse en Internet está tan normalizado que no ven peligros en compartir material con este contenido. Comparten fotografías o vídeos en ropa interior, desnudos/as, con poses sensuales/sexuales o incluso masturbándose o manteniendo relaciones sexuales.

Este contenido resulta peligrosos en el momento que se comparte porque no sabes a quién va a llegar, dónde, con cuántas personas y las plataformas donde se puede colgar ese contenido.

Una fotografía que se comparte en pareja, a la hora de romper puede convertirse una forma de chantaje o de hacer daño a la otra persona.

Por ello es imprescindible educar en estos temas a nuestros hijos e hijas, hablarles de la privacidad, la intimidad y que cierto tipo de contenido jamás debe ser compartido por todos los riesgos que conlleva.

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Índice de entradas:

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Recordatorio: Qué es el Maltrato Sexual Infantil

Comenzamos la semana recordando la definición de Maltrato Sexual Infantil y su tipología.

Como veis, dentro del Maltrato Sexual no sólo se tienen en cuentas las situaciones de ASI, sino muchas otras que pueden incidir en el bienestar del/la menor y afectan a su vida amorosa y sexual, con frecuentes consecuencias de por vida.

Por esto es tan importante formar a profesionales, familias y menores de edad en educación afectivo-sexual y proporcionar herramientas a los y las menores de edad para que puedan pedir ayuda cuando se vulneran sus derechos.

Índice de entradas:

  1. Vol. III – Diferentes formas de Abuso Sexual Infantil.

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

Abuso Sexual Infantil Vol. III – Diferentes formas de ASI

Esta semana vamos a ver diferentes formas de abuso sexual infantil.

Programación Semanal:

Podéis leer:

  1. Vol. I – Mitos y datos sobre el ASI. Qué es el Maltrato Sexual infantil; Indicadores del ASI y Prevención (Programa La Regla de Kiko)
  2. Vol. II – Uso de la terminología adecuada respecto al Abuso Sexual Infantil, formación y movimiento MAP.
  3. Vol. III – Diferentes formas de Abuso Sexual Infantil.

Subvencionado por la Junta de Castilla y León con cargo a la asignación tributaria del IRPF.