Hoy vamos a ver la primera fase del protocolo de Acoso Escolar en Castilla y León.

Infografía en HD: Primera fase del protocolo de acoso escolar.

Dividimos esta primera fase de «Conocer, identificar y parar la situación» en dos partes:

1 – Conocimiento de la situación y comunicación inicial. – Cualquier persona de la comunidad educativa que conozca o sospeche de un caso de maltrato entre iguales, puede realizar la notificación. El equipo directivo del centro debe dejar constancia de esta comunicación en un documento.

También se puede notificar por parte de otras instancias. Sea cual sea la vía por la que llega, el protocolo debe ponerse en marcha.

Cuando aparecen problemas de ciberbullying o de violencia de género, el centro educativo trabajará coordinadamente junto a las instituciones externas que corresponda (Servicios sociales, policía, etc)

El centro debe incluir de manera inmediata la posible situación de acoso en la aplicación CONV.

2 – Actuaciones inmediatas al conocimiento de la situación. – cuando se recibe en el centro educación el aviso de sospecha o conocimiento de un caso de maltrato entre iguales, una persona que forme parte del equipo directivo debe adoptar las siguientes medidas con carácter urgente:

A – Poner medidas para proteger a las víctimas.

B – Puesta en marcha de medidas dirigidas al alumnado agresor, para indentificar y controlar inmediatamente a la parte agresora. Aplicaremos las medidas dispuestas en el RRI.

Si existen situaciones de especial gravedad y/o riesgo para la víctima, especialmente en el exterior del centro educativo, se avisará a los organismos que pueda garantizar su protección y seguridad.

El director o la directora del centro deben convocar una reunión para realizar una primera valoración de la situación y las medidas que se han adoptado. Esta reunión debe realizar en un plazo máximo de 24 horas, y a ella deben acudir el tutor/a del alumnado, el orientador/a del centro, coordinador/a de convivencia y profesorado que pueda estar relacionado con la situación

Para el análisis y valoración de la situación, se deben tener en cuenta aspectos en la relación entre víctima-agresor/a como la intencionalidad, la repetición y el tiempo de los hechos, si existe o no desequilibrio de poder entre las partes y si existen sentimientos de indefensión y personalización por parte de la víctima.

Si la situación de acoso se confirma, se crea en la reunión la «Comisión específica de acoso escolar», formada por el/la director/a del centro, orientador/a, coordinador/ de convivencia, y un/a profesor/a relacionado con el alumnado afectado.

Esta comisión es la encargada de desarrollar y realizar el seguimiento de las siguientes fases del protocolo.

De esta reunión se levanta un acta que debe incluir toda la información recogida y las conclusiones derivadas de ello, así como las actuaciones que se han acordado y la constitución de la Comisión.

Será el director o directora quién traslade de forma inmediata el acta y toda la información que considere de relevancia a la Inspección Educativa.

Si se confirma la existencia de acoso escolar, se continua con la segunda fase del protocolo y se actualiza la aplicación de convivencia escolar CONV.

Si no se confirma, pasamos a lo establecido en la tercera fase.

Si tenéis alguna duda no dudéis en preguntarnos.

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